Descripción
Los accidentes de tráfico y sus enormes consecuencias humanas, sociales y económicas constituyen un problema de salud pública y un problema social, por lo cual el Ministerio de Transporte ha desarrollado una serie de normas reguladoras de tránsito las cuales deben ser empleadas y cumplidas por los usuarios de vías (peatones y conductores).
Según la normatividad vigente (Resolución 1565 de 2014), las características que debe analizar una organización pública o privada para determinar si debe o no diseñar y aplicar el PESV son dos:
1. Contar o trabajar con flotas de vehículos automotores o no automotores (pueden ser propios, contratados o arrendados) superiores a 10 unidades.
2. Contratar o administrar 2 o más conductores.
Si alguna de estas dos características se cumple, la empresa requiere implementar el PESV ; pero según su operación con los vehículos, el alcance de dicho plan en cada organización puede tener algunas variaciones.
La finalidad del Plan Estratégico de Seguridad Vial es definir los objetivos y las acciones o intervenciones concretas que se deben llevar a cabo para alcanzar los propósitos en materia de prevención de los accidentes de tránsito, facilitando la gestión de la organización al definir los procesos involucrados, los responsables y los mecanismos de evaluación y seguimiento en función del cumplimiento de las actuaciones definidas.
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